Información sobre Fe de Vida:
Para solicitar una Fe de Vida/Estado Civil, será necesario que el interesado se persone en el Registro Civil con su documentación original (DNI/Pasaporte).
No se entregará Fe de Vida/Estado Civil a otra persona que no sea el propio interesado.
En caso de personas que no se puedan trasladar por enfermedad o con movilidad reducida podrá venir otra persona autorizada junto con el DNI original del/la solicitante y certificado médico con fecha inferior a 15 días, donde conste acreditado el motivo por el que no puede trasladarse al Registro Civil o acudir persona autorizada prevista de DNI para identificación y DNI original de la persona solicitante para realizar comparecencia de la misma a través de videollamada.
Juez de Paz
Mariannella Quintanilla García
Secretaria
Almudena Lanchas Moreno
Horario: martes y jueves, de 17:00 a 19:00 horas.
Todos los trámites deben realizarse en el propio Juzgado, situado en la C/ Del Caño, 9 Edificio “CASA DE LA BOMBA”.
Un Servicio que está abierto a todo el público para cumplir los objetivos que tiene propuestos. Para que la atención que reciba sea ágil y eficaz, conviene acudir con el D.N.I. y los datos básicos necesarios para obtener una información, una certificación, y las cédulas de citación en su caso. El JUZGADO DE PAZ no es una oficina de denuncias, sino en todo caso de conciliación, entendimiento, y una instancia de resolución de problemas.