D. VALENTÍN PEREIRA FRESNO, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA (MADRID).-
HACE SABER:
Que en aplicación de lo dispuesto en Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS y en la ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Villamanta.
Todos los propietarios de animales potencialmente peligrosos están obligados a obtener la LICENCIA ADMINISTRATIVA DE TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS, que será otorgada por el Ayuntamiento de residencia del solicitante.
Tendrán consideración de perros potencialmente peligrosos los que pertenezcan a las siguientes razas: Pitt bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu.
Además, hay que tener presente que también afecta esta ley a todos aquellos perros que tengan todas o la mayoría de los siguientes puntos:
 Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
 Marcado carácter y gran valor.
 Pelo corto.
 Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
 Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
 Cuello ancho, musculoso y corto.
 Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
 Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
 Que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales, a los que la autoridad competente haya apreciado potencial peligrosidad.
 Asimismo, una vez se obtenga la Licencia tendrán que presentar la solicitud de alta en el censo de animales potencialmente peligrosos
La licencia se solicitará de la siguiente manera:
EN OFICINAS MUNICIPALES DE LUNES A VIERNES EN HORARIO DE 09:00 A 14:00 HORAS
El incumplimiento de dicha obligaciones tendrá lugar a la imposición de la sanciones prevista en la Ordenanza Municipal de Tenencia de perros y otros animales del municipio de Villamanta.
En Villamanta (Madrid), a25 de octubre de 2018

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